Autorízase la transformación de cargos de Soldado de 1ra. en cargos de
Soldado de 2da. y la de cargos de Marinero de 1ra. en cargos de Marinero
de 2da.
Quienes ingresen al cargo de Soldado de 2da. y Marinero de 2da no
percibirán viáticos, con cargo al Rubro 3 "Servicios no personales". (*)