Apruébase la reasignación de los créditos presupuestarios, en los destinos
e importes que se detallan a continuación, los que se ajustarán en los
porcentajes de aumento que determine el Poder Ejecutivo para las
retribuciones personales a partir del 1º de enero de 2000.
Programa 02 "Ejército Nacional"
Concepto Objeto Ejercicio Permanente
Auxiliar 1999 2000
Compensación mayor responsabilidad y 042.090 4.650.403 8.603.740
especialización
Dedicación integral 043.004 1.968.665 4.019.170
Ley Nº 16.333 (5,3%) 048.012 223.575 455.842
Sueldo anual complementario 059 570.218 1.089.896
Aporte Patronal Sistema Seguridad 081 1.111.929 2.125.297
Social s/retrib.
Otros aportes patronales
s/retribuciones 082 74.129 141.686
Total 8.598.919 16.435.631
Programa 03 "Armada Nacional"
Concepto Objeto Ejercicio Permanente
Auxiliar 1999 2000
Compensación mayor responsabilidad y 042.090 1.655.837 3.411.396
especialización
Dedicación integral 043.004 801.478 1.676.554
Ley Nº 16.333 (5,3%) 048.012 86.758 180.804
Sueldo anual complementario 059 210.432 439.063
Aporte Patronal Sistema Seguridad 081 410.342 856.197
Social s/retrib.
Otros aportes patronales
s/retribuciones 082 27.356 57.080
Total 3.192.203 6.621.094
Programa 04 "Fuerza Aérea Uruguaya"
Concepto Objeto Ejercicio Permanente
Auxiliar 1999 2000
Compensación mayor responsabilidad y 042.090 1.239.747 2.479.494
especialización
Dedicación integral 043.004 616.734 1.233.467
Ley Nº 16.333 (5,3%) 048.012 65.690 131.380
Sueldo anual complementario 059 160.181 320.362
Aporte Patronal Sistema Seguridad 081 312.353 624.706
Social s/retrib.
Otros aportes patronales
s/retribuciones 082 20.823 41.647
Total 2.415.528 4.831.056
Las partidas para "Retribuciones previstas para reestructuras" previstas
en el artículo 6º del presente Decreto para cada Programa deberán ser
suprimidas, en razón de que se incluyen en la reasignación de las
economías en los Ejercicios 1999 y 2000 ajustadas a valores del 1º de
julio de 1999.
En el Programa 004 "Fuerza Aérea Uruguaya" se incluye además el monto de
$ 448.319 (pesos uruguayos cuatrocientos cuarenta y ocho mil trescientos
diecinueve), proveniente de los créditos cancelados como consecuencia de
la reformulación de la estructura organizativa y de los puestos de
trabajo del Escalafón K "Personal Militar".(*)
(*)Notas:
Redacción dada por: Decreto Nº 335/999 de 20/10/1999 artículo 2.
Ver en esta norma, artículo:10.
TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 377/998 de 22/12/1998 artículo 8.