DECLARACION QUE LA COMISION PARA EL CONTROL DE CALIDAD DE MEDICAMENTOS, OSTENTA PERSONERIA JURIDICA




Promulgación: 22/12/2017
Publicación: 11/01/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: la solicitud presentada por la Comisión para el Control de Calidad de Medicamentos a efectos de obtener el reconocimiento de su personería jurídica;

   RESULTANDO: I) que la Comisión para el Control de Calidad de Medicamentos fue constituida al amparo del Convenio Interinstitucional suscrito entre la Comisión Honoraria de Contralor de Medicamentos, la Asociación de Laboratorios Nacionales (ALN) y la Cámara de Industria y Comercio de Especialidades Farmacéuticas y Afines (CEFA), el 29 de enero de 1968; 

   II) que dicho Convenio fue homologado por Decreto N° 77/968 de 31 de enero de 1968, siendo prorrogado por convenio posterior homologado por Resolución del Poder Ejecutivo N° 197/987 de 19 de mayo de 1987; 

   III) que los estatutos de dicha Comisión fueron aprobados por Decreto N° 232/970 de 19 de mayo de 1970;

   IV) que la Comisión plantea ante el Ministerio de Salud Pública que la falta de reconocimiento expreso de su personería jurídica ha constituido un obstáculo en su gestión; 

   CONSIDERANDO: I) que se considera conveniente dictar un acto administrativo que reconozca como sujeto de derecho a la Comisión para el Control de Calidad de Medicamentos, de forma tal de permitirle continuar cumpliendo con las importantes tareas que ha venido desarrollando desde su constitución hasta la fecha;

   II) que asimismo, se cometerá al Ministerio de Educación y Cultura su inscripción en el Registro de Personas Jurídicas; 

   ATENTO: a lo expuesto precedentemente, y lo establecido por los Decretos N° 77/968 de 31 de enero de 1968 y 232/970 de 19 de mayo de 1970; 

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Declárase que la Comisión para el Control de Calidad de Medicamentos, cuyos estatutos fueron aprobados por Decreto del Poder Ejecutivo N° 232/970, ostenta personería jurídica. 

Artículo 2

   Cométase al Ministerio de Educación y Cultura la inscripción de la personería jurídica de la Comisión para el Control de Calidad de Medicamentos en el Registro de Personas Jurídicas. 

Artículo 3

   Comuníquese, publíquese, etc. 

   TABARÉ VÁZQUEZ - JORGE BASSO - MARÍA JULIA MUÑOZ
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