El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Artículo 2
Fíjase el monto de la Tasa del Despacho Nacional de Cargas en $ 6,539 por MWh (pesos uruguayos seis con quinientos treinta y nueve centésimos por megavatios-hora) a regir a partir del 1° de enero de 2021.