REGLAMENTACION DE LOS ARTS. 72 Y 94 DE LA LEY 17.296, RELATIVOS AL USO DEL ESPECTRO RADIOELECTRICO, PARA EL DESARROLLO EFICIENTE DE LA POLITICA NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES




Promulgación: 29/11/2022
Publicación: 01/12/2022
Sección: Ultimo Momento
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre se encuentra disponible en la Librería Digital de IMPO.
Reglamentario/a de: Ley Nº 17.296 de 21/02/2001 artículos 72 y 94.
Referencias a toda la norma

Artículo 2

   La solicitud de renovación ante la URSEC deberá presentarse con antelación suficiente, previa al vencimiento del plazo, justificando la necesidad de renovar el derecho, comprometiéndose a realizar un uso eficiente, en vista de la evolución del mercado, las posibilidades tecnológicas y los requerimientos de los usuarios.     
Ayuda