Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: la gestión de la Dirección Nacional de Aduanas solicitando
actualización del valor de expedición de las Guías de Tránsito Terrestre.
Resultando: I) Que el referido valor de expedición fue establecido en
N$ 1.400,00 (nuevos pesos mil cuatrocientos), por decreto Nº 352/989, de
fecha 26 de junio de 1989;
II) Que el artículo 242 de la ley 15.809, de 8 de abril de 1986,
autoriza al Poder Ejecutivo a actualizar el referido monto por el Indice
de los Precios del Consumo elaborado por la Dirección General de
Estadística y Censos.
Considerando: que el Indice de los Precios del Consumo de abril de
1989, asciende a 565,48 (quinientos sesenta y cinco con 48/100) y el de
abril de 1991 asciende a 2.377,64 (dos mil trescientos setenta y siete con
64/100) ambos sobre base 1985 = 100.
Atento: a lo informado por las Asesorías Fiscal y Jurídica del
Ministerio de Economía y Finanzas,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Fíjase el valor de expedición de las Guías de Tránsito Terrestre que
expide la Dirección Nacional de Aduanas, Programa 007 del Inciso 05
"Ministerio de Economía y Finanzas", en N$ 6.000.00 (nuevos pesos seis
mil).