COMETIDOS DEL MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL Y DEL MINISTERIO DEL INTERIOR RESPECTO DE LA SEGURIDAD EXTERNA DEL COMPLEJO CARCELARIO DE SANTIAGO VAZQUEZ, DEL ESTABLECIMIENTO DE RECLUSION DE LIBERTAD Y DE LA CARCEL DEPARTAMENTAL DE CANELONES




Promulgación: 10/10/1997
Publicación: 04/11/1997
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1997
  •    Página: 1099
Referencias a toda la norma

Artículo 4

   La tarea del personal militar mencionado en el artículo anterior
consistirá en dar seguridad externa a los locales antes citados, y para la
determinación del nivel de seguridad requerido se cumplirán los criterios
que el Ministerio de Relaciones Exteriores proporcionará por escrito.
   El personal militar portará armamento orgánico.
Ayuda