REDISTRIBUCION DE ATRIBUCIONES Y COMPETENCIAS DEL EX MINISTERIO DE VIVIENDA Y PROMOCION SOCIAL




Promulgación: 30/06/1977
Publicación: 08/07/1977
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1977
  •    Página: 1449

Artículo 12

   La Inspección General de Hacienda, deberá concluir preceptivamente su
labor en un plazo que no podrá exceder del 31 de diciembre del presente
ejercicio.
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