El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Artículo 2
Fíjanse para las grasas y lubricantes las siguientes bases específicas, tasas e impuestos por unidad física enajenada, correspondientes a los bienes que se detallan, de acuerdo con los numerales establecidos por el artículo 1° del Título 11 del Texto Ordenado 1996:
Numeral
Bienes
Unidad Física
Base específica
Tasa
Impuesto
12)
Lubricantes
1 litro
$ 95,60
39%
$ 37,29
12)
Grasas
1 kilo
$ 124,90
39%
$ 48,72
13)
Lubricantes
1 litro
$ 95,60
2,5%
$ 2,39
13)
Grasas
1 kilo
$ 124,90
2,5%
$ 3,13
Para otras presentaciones el impuesto se determinará proporcionalmente.