REGLAMENTACION PARA LAS INSTITUCIONES DE INTERMEDIACION FINANCIERA EXTERNA




Promulgación: 16/08/1989
Publicación: 01/12/1989
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1989
  •    Página: 122
Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 15.322 de 17/09/1982 artículo 4.
Referencias a toda la norma

Artículo 10

    PERSONAL.- Cualquiera sea la forma que adopten las empresas de
intermediación financiera externa no podrán establecer en sus estatutos o
reglamentos prohibiciones a que ciudadanos uruguayos formen parte de la
gerencia, consejo de administración, directorio, o cualquier otro cargo
superior, empleo o destino en la empresa dentro del territorio de la
República Oriental del Uruguay.
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