CONTABILIDAD E INFORMACION.- Con respecto a las empresas de
intermediación financiera externa, el Banco Central del Uruguay podrá a
vía de ejemplo:
a) Dictar normas para la registración de sus operaciones para la
confección de los estados contables y su publicidad;
b) Requerir que le brinden información con la periodicidad y bajo la
forma que juzgue necesaria;
c) Establecer una fecha única para el cierre de sus ejercicios
económicos.