Exonérase, por el término de un año, de tributos a las importaciones de máquinas e implementos que realicen las empresas que exploten el cultivo del tabaco.
Modificada y/o Anotada (referencias acotadas): Decreto Nº 396/974 de 23/05/1974 artículo 1, Decreto Nº 1.085/973 de 20/12/1973 artículo 1.