APROBACION DE REGLAMENTACION DE LA LEY 14.650, RELATIVA A MARINA MERCANTE DE BANDERA NACIONAL




Promulgación: 03/07/1978
Publicación: 17/07/1978
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1978
  •    Página: 9
Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 14.650 de 12/05/1977.
Referencias a toda la norma

CAPITULO IV - REGISTRO PUBLICO DE PROPIETARIOS Y ARMADORES

Artículo 1-17

 ARTICULO 17º (Requisitos complementarios).- Los propietarios, partícipes o armadores de los buques mercantes comprendidos en la presente reglamentación, que deseen acogerse en los beneficios de la misma, deberán acreditar, además de los requisitos exigidos en el artículo anterior, el cumplimiento de las exigencias establecidas en los incisos a., b. y c. del artículo 12.

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