Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: el decreto 316/987 de fecha 8 de julio de 1987.
Resultando: que por error se omitió en la redacción del artículo 1º del
referido decreto parte del contenido del mismo.
Considerando: que corresponde proceder a la corrección de la mencionada
omisión,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
(*)
(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 316/987 de 08/07/1987
artículo 1.