VISTO: la necesidad de mantener el funcionamiento de la Unidad Ejecutora
039 "Dirección Nacional de Meteorología" del Inciso 03 "Ministerio de
Defensa Nacional".
RESULTANDO: que por el Decreto 363/007 de 1ro. de octubre de 2007 y su
modificativo el Decreto 92/009 de 16 de febrero de 2009, se dispuso el
abatimiento de los créditos en la Unidad Ejecutora 041 "Dirección Nacional
de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica" del Inciso 03 "Ministerio
de Defensa Nacional", desde el Ejercicio 2007 en los Objetos del Gasto 099
"Otras Retribuciones" por la suma de $ 5:000.000,00 (pesos uruguayos cinco
millones con 00/100), 213 "Electricidad" por la suma de $ 631.034,00
(pesos uruguayos seiscientos treinta y un mil treinta y cuatro con 00/100)
y 211 "Teléfonos y similares" por la suma de $ 631.034,00 (pesos uruguayos
seiscientos treinta y un mil treinta y cuatro con 00/100), todos con cargo
en la Financiación 1.2 "Recursos con Afectación Especial", para el
financiamiento de contratos a término en la Unidad Ejecutora 039
"Dirección Nacional de Meteorología".
CONSIDERANDO: que el Decreto 222/009 de 11 de mayo de 2009, habilitó a
celebrar contratos de función pública con personal ingresado antes del 6
de octubre de 2008, quedando el resto del personal contratado comprendido
en las disposiciones del Decreto 138/010 de 26 de abril de 2010, por lo
que la Dirección Nacional de Meteorología se ve en la necesidad de
extender la vigencia de los referidos contratos a término hasta el 31 de
marzo de 2011.
ATENTO: a lo precedentemente expuesto.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Artículo 1
(*)
(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 363/007 de 01/10/2007
artículo 4.