BENEFICIOS SOCIALES. Los beneficios sociales del personal estarán fijados
en los siguientes importes (valores 1/1/02010):
A) ASIGNACIONES FAMILIARES: Se aplica el régimen establecido en las Leyes
Nros. 15.084 y 16.697 de fechas 28/11/80 y 25/4/95 respectivamente.
B) PRIMA POR HOGAR CONSTITUIDO. Se aplica el régimen de la Administración
Central.
C) PRIMA POR MATRIMONIO. $ 2.410,oo.
D) PRIMA POR NACIMIENTO. $ 2.410,oo.