Compensación por funciones distintas al cargo (Objeto del Gasto 042.513). Los funcionarios podrán percibir compensaciones por desempeñar funciones distintas al cargo que le sean asignadas por Resolución del Directorio de URSEA; y compensación especial por funciones especiales, o tareas especialmente encomendadas por el Jerarca, abonándose una compensación que atienda estrictamente el diferencial del nivel de la función encomendada. Según lo establecido en el artículo 56, de la Ley 18.719, de 27 diciembre 2010 y el artículo 4 del decreto reglamentario N° 362/014 del 12/12/14.