APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE LA UNIDAD REGULADORA DE SERVICIOS DE ENERGIA Y AGUA. EJERCICIO 2020




Promulgación: 31/12/2020
Publicación: 15/01/2021
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

Artículo 31

   (Quebranto de Caja)
   Tendrán derecho a percibir la prima por Quebranto de Caja todos los funcionarios que entre sus funciones tengan la de entregar o recibir dinero en efectivo o valores, asimilables por su naturaleza a efectivo. El monto individual de la prima será el equivalente a la cifra de 15 UR semestrales, en función del riesgo pecuniario asumido directamente por el funcionario y se genera, administra y paga, atendiendo en lo pertinente al Decreto-Ley, denominado Ley Especial N° 7, en la redacción dada por el artículo 20 de la Ley N° 16.170, de 28 de diciembre de 1990, y al Decreto N° 599/984, de 28 de diciembre de 1984. 
   La partida se imputará en el objeto del gasto 045.005 - Quebranto de Caja.
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