Visto: estos antecedentes en los que la Intendencia Municipal de
Montevideo (Intendencia y Junta de Vecinos) propone al Poder Ejecutivo
modificaciones a su presupuesto para 1978.
Resultando: que esta modificación presupuestal municipal para el año 1978
cuenta con la aprobación de la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y
Difusión y el acuerdo del Tribunal de Cuentas de la República.
Considerando: I) Que de no recaudarse los recursos previstos deberán
abatirse gastos a efectos de mantener el equilibrio presupuestal;
II) Lo dispuesto por el artículo 5º, literal c) del acto institucional 3
del 1º de setiembre de 1976.
Atento: a lo informado por la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y
Difusión y a lo acordado por el Tribunal de Cuentas de la República,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Apruébase la modificación presupuestal gestionada por la Intendencia
Municipal de Montevideo (Intendencia y Junta de Vecinos) para el ejercicio
1978 de acuerdo con los siguientes montos de ingresos y egresos: (*)