AUTORIZACION A CENTRAL LANERA URUGUAYA A DOCUMENTAR ADQUISICIONES DE LANAS Y CUEROS




Promulgación: 05/08/1987
Publicación: 26/08/1987
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1987
  •    Página: 139

Artículo 2

    Los formularios en las condiciones establecidas se denominarán
"Boletas de Compras" y sustituirán la documentación que deberían emitir
las cooperativas de primer grado y las sociedades de fomento rural por las
ventas que por los referidos productos realicen a Central Lanera Uruguaya,
los que se deberán emitir como mínimo en dos vías, una de las cuales
deberá quedar en poder de las cooperativas y sociedades de fomento rural
miembros.
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