LIQUIDACION DEL IMESI PARA LAS BEBIDAS NACIONALES Y EXTRANJERAS




Promulgación: 30/12/1998
Publicación: 31/12/1998
Sección: Ultimo Momento
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
VISTO: Lo dispuesto por el Título 11, artículo 8º, del Texto Ordenado 1996
y artículos 23, 29 y 34 del Decreto Nº 96/990 de 21 de febrero de 1990;

CONSIDERANDO: Que corresponde fijar precios fictos y tasas para bebidas
gravadas, tabacos, cigarrillos, cigarros, lubricantes y grasas a efectos
de la liquidación del Impuesto Específico Interno (IMESI);

ATENTO: A lo expuesto;

                     EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                DECRETA

Artículo 1

Fíjanse los siguientes precios fictos, tasas e impuestos por litro, para
la liquidación del Impuesto Específico Interno que grava las bebidas de
origen nacional y extranjero para el semestre enero - junio de 1999. (*)

(*)Notas:
Ver: Texto/imagen.
Referencias al artículo

SANGUINETTI - LUIS MOSCA
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