HABILITACION DE PARTIDA. UNIDAD EJECUTORA DIRECCION GENERAL DE SECRETARIA




Promulgación: 15/10/2007
Publicación: 23/10/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2007
  •    Página: 878
VISTO: el Régimen de Contrataciones a Término, establecido en la Ley Nº
17.556 de 18 de setiembre de 2002, modificativas y concordantes.

RESULTANDO: I) que el artículo 39 de la citada Ley establece el
financiamiento con el cual deberán atenderse las erogaciones resultantes
de los contratos de referencia.

II) que asimismo, en el inciso 8º del artículo precitado se faculta al
Poder Ejecutivo a incorporar nuevos financiamientos para atender el costo
derivado de los contratos que se realicen, sin que ello implique costo
presupuestal ni de caja.

III) que la Unidad Ejecutora 001 "Dirección General de Secretaría" del
Inciso 05 "Ministerio de Economía y Finanzas" realizó la selección de
personal a contratar al amparo de las normas del Visto, en el ejercicio
2007, proponiendo para su financiación además de los créditos habilitados
en el Objeto 095.002 "Fondo de Contrataciones artículo 39 de la Ley Nº
17.556", créditos habilitados en los Objetos del Gasto 581 "Transferencias
corrientes a organismos internacionales" $ 6:694.215,oo (pesos uruguayos
seis millones seiscientos noventa y cuatro mil doscientos quince) y 282
"Servicios No Personales Profesional y Técnicos" $ 1:905.785,oo (pesos
uruguayos un millón novecientos cinco mil setecientos ochenta y cinco) a
efectos de completar el financiamiento del llamado.

IV) que la propuesta contó con el aval de la Oficina Nacional del Servicio
Civil y de la Contaduría General de la Nación.

CONSIDERANDO: que corresponde aprobar la financiación propuesta.

ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por el artículo 39 de la Ley Nº
17.556 de 18 de setiembre de 2002.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Habilítase en el Inciso 05 "Ministerio de Economía y Finanzas" una
partida de $ 8:600.000,oo (pesos uruguayos ocho millones seiscientos mil)
anuales, a valores de enero de 2006, a partir del ejercicio 2007 en el
Objeto del Gasto 095.002 "Fondo de contrataciones artículo 39 de la Ley Nº
17.556", a efectos de financiar las erogaciones resultantes de las
contrataciones que realice la Unidad Ejecutora 001 "Dirección General de
Secretaría", de acuerdo con lo dispuesto por la Ley Nº 17.556, de 18 de
setiembre de 2002, modificativas y concordantes.

Artículo 2

 La Contaduría General de la Nación, abatirá en los mismos montos los
créditos habilitados en la Unidad Ejecutora 001 "Dirección General de
Secretaría" del Inciso 05 "Ministerio de Economía y Finanzas", dando de
alta los mismos en el Objeto del Gasto 095.002 "Fondo de contrataciones
artículo 39 de la Ley Nº 17.556" en los siguientes objetos del gasto y por
los montos que surgen del siguiente cuadro:

282 Servicios No Personales Profesional y Técnicos $ 1:905.785,oo

581 Transferencias corrientes a organismos internacionales $ 6:694.215,oo

Artículo 3

 Comuníquese, etc.

TABARE VAZQUEZ - DANILO ASTORI
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