Visto: la necesidad de apoyar la implementación del nuevo régimen de
compras estatales establecido por el T.O.C.A.F., puesto en vigencia por
decreto 95/991 de 26 de febrero de 1991, en los diferentes organismos
públicos.
Resultando: que el cuerpo normativo referido en el visto tiende a un
notorio mejoramiento del sistema de compras estatales estableciendo,
principios rectores de la actuación administrativa en la materia, como un
conjunto de instrumentos concretos de desregulación y desburocratización.
Considerando: I) Que las modificaciones legislativas no agotan la
reforma integral del sistema y que se requiere la transformación de la
parte administrativa del mismo y, fundamentalmente, de la cultura y
accionar organizacional de los agentes estatales;
II) Que en ese sentido y sin perjuicio de las actividades
descentralizadas a realizar por cada uno de los organismos estatales,
resulta conveniente la elaboración en forma coordinada de determinados
instrumentos de apoyo a esa gestión descentralizada;
III) Que resulta oportuno instruir un Plan de Compras en
el marco del Programa Nacional de Desburocratización a fin de coordinar
los servicios de apoyo a ofrecer a los distintos organismos de la compra
estatal.
Atento: a lo precedentemente expuesto,
El Presidente de la República
DECRETA:
Institúyese el Plan de Compras Estatales, con el objetivo de brindar
servicios de apoyo para una más adecuada implementación del T.O.C.A.F.,
aprobado por decreto 95/991 de 26 de febrero de 1991.
La ejecución del Plan de Compras Estatales será llevada a cabo en 1991
y 1992 por, el Programa Nacional de Desburocratización en el marco del
Proyecto de Modernización del Estado, URU/90/002, administrado por el
Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) y financiado por
la Agencia Internacional para el Desarrollo (AID).
El Plan de Compras Estatales se desarrollará con la participación y
colaboración que presten los diferentes órganos y organismos públicos que
así lo requieran.