Asignaciones Familiares. El pago se regirá por las siguientes normas:
para la Asignación Familiar de acuerdo a las disposiciones de la Ley N°
16.697 del 25 de abril de 1995; para las Primas por Matrimonio y
Nacimiento, de acuerdo a la Ley N° 15.767 del 13 de setiembre de 1985;
para la Prima por Hogar Constituido, de acuerdo a lo dispuesto por el
Decreto-Ley N° 15.728 del 8 de febrero de 1985 y la Ley N° 15.748 del 14
de junio de 1985.