REGLAMENTACION DEL ART. 65 DE LA LEY 18.308 RELATIVO A LA PRESCRIPCION ADQUISITIVA




Promulgación: 29/12/2014
Publicación: 12/01/2015
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2014
  •    Página: 1410
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.308 de 18/06/2008 artículo 65.

Artículo 2

   (Exoneración de pago de tasa)

   Se exonera del pago de la tasa que percibe la Dirección Nacional de Catastro por la expedición de las Cédulas Catastrales Informadas creadas por el artículo 258 de la Ley N° 15.809 de 8 de abril de 1986, a las personas que las soliciten para su presentación ante el Registro de la Propiedad, Sección Inmobiliaria, a efectos de inscribir sentencias de prescripción adquisitiva dictadas en el marco del artículo 65 de la Ley N° 18.308, de 18 de junio de 2008 y los artículos 284 a 291 de la ley N° 19.149, de 24 de octubre de 2013.
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