IMPUESTO AL VALOR AGREGADO CAPITULO III - EXONERACIONES
3º) RELATIVAS A IMPORTACIONES
Artículo 44
Complejo Carcelario de Santiago Vázquez.- Las importaciones de los
bienes para ser utilizado o incorporados a las obras, así como todos los
materiales de construcción, útiles, equipos, instrumental, maquinarias,
repuestos, accesorios, herramientas, aparatos y todo otro elemento que sea
necesario para incorporar o utilizar en la construcción de las obras y
equipamiento del proyecto Complejo Carcelario de Santiago Vázquez,
realizadas por el Ministerio del Interior y las empresas contratistas,
subcontratistas y proveedores de dicho proyecto, están exentas del
Impuesto al Valor Agregado, de conformidad con las disposiciones del
decreto 264/980 de 2 de mayo de 1980.