APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE PLUNA. EJERCICIO 1993




Promulgación: 25/01/1993
Publicación: 19/02/1993
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma

Artículo 20

  El Personal de Cabina que desempeña funciones a bordo de aviones
intercontinentales percibirá una compensación de acuerdo con la siguiente
escala: Jefe de Cabina N$ 199.471 y Auxiliar de Cabina N$ 106.127
mensuales.   
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