El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: la nómina de insumos agropecuarios exonerados del Impuesto al Valor Agregado, establecida en el artículo 39 del Decreto N° 220/998 de 12 de agosto de 1998.
RESULTANDO: I) que los bienes denominados "compuertas de PVC y válvulas de canal discontinuo" se destinan a un uso primordialmente agropecuario.
II) que corresponde realizar un ajuste técnico al texto del numeral 25 de la norma referida.
CONSIDERANDO: necesario realizar los ajustes señalados a la nómina de bienes considerados insumos agropecuarios.
ATENTO: a lo expuesto,
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Artículo 1
(*)
(*)Notas:
Este artículo agregó a: Decreto Nº 220/998 de 12/08/1998 artículo 39
numerales 56) y 57).