APROBACION DE DISPOSICIONES SOBRE LAS OBLIGACIONES DE LOS FUNCIONARIOS PUBLICOS DESIGNADOS PARA CUMPLIR FUNCIONES CENSALES




Promulgación: 19/05/1975
Publicación: 02/06/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1975
  •    Página: 1098

Artículo 2

La inasistencia sin causa justificada, y el incumplimiento de las
obligaciones y formalidades esenciales establecidas, así como toda otra
violación de las mismas, será considerada falta grave administrativa y
dará lugar, sin perjuicio de la aplicación de las sanciones penales y
pecuniarias vigentes, a la instrucción del correspondiente sumario
administrativo a fin de aplicarse las máximas sanciones legales.
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