La inasistencia sin causa justificada, y el incumplimiento de las
obligaciones y formalidades esenciales establecidas, así como toda otra
violación de las mismas, será considerada falta grave administrativa y
dará lugar, sin perjuicio de la aplicación de las sanciones penales y
pecuniarias vigentes, a la instrucción del correspondiente sumario
administrativo a fin de aplicarse las máximas sanciones legales.