Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: el Preventivo Anual de Ingresos y Egresos de Fondos Públicos
Extrapresupuestales correspondiente al ejercicio 1992, presentado por la
Unidad Ejecutora 007 del Inciso 07 "Ministerio de Ganadería, Agricultura
y Pesca" la cual solicita la incorporación de un proyecto al Plan de
Inversiones Públicas de dicho ejercicio.
Resultando: I) que el referido proyecto se financiará con recursos
extrapresupuestales y se halla incluido en el preventivo presentado.
Considerando: que la Unidad Ejecutora gestionante ha ajustado su
preventivo a las normas específicas que le rigen y ha cumplido con las
demás disposiciones que regulan la materia.
Atento: a lo dispuesto por los artículos 45 del Decreto-Ley N1 14.416 de
28 de agosto de 1975, y 89 de la Ley Nº 15.809 de 8 de abril de 1986; con
la redacción dada, respectivamente, por los artículos 45 y 47 de la Ley
Nº 15.903 de 10 de noviembre de 1987, y a los informado por la Oficina de
Planeamiento y Presupuesto y la Contaduría General de la Nación y la
División Técnico-Financiera del Ministerio de Economía y Finanzas.
El Presidente de la República
DECRETA:
Incorpórase al Plan de Inversiones Públicas ejercicio 1992, el proyecto
de inversión siguiente, por un monto total de N$ 460000.000,oo (nuevos
pesos cuatrocientos sesenta millones) a financiarse con recursos
extrapresupuestales:
Inciso Programa Unidad Ejecutora Monto en N$
07 003 007 Dirección General
de Recursos Naturales
Renovables PROYECTO
Obras en las dependencias
del programa y actividades
básicas para la conservación
de los R. Naturales
(722) 460:000.000
Apruébase el Preventivo Anual de Ingresos y Egresos de Fondos Públicos
Extrapresupuestales correspondientes al ejercicio 1992, presentados por la
Unidad Ejecutora 007 del Inciso 07 "Ministerio de Ganadería, Agricultura y
Pesca", por un monto total de N$ 1.150:000.000 (nuevos pesos mil ciento
cincuenta millones), de acuerdo a detalle consignado en anexo adjunto, que
es parte integrante del presente Decreto. (*)
(*)Notas:
El texto de referencia no fue publicado adjunto a la presente norma en el
Diario Oficial correspondiente.
Comuníquese al Tribunal de Cuentas de la República, a la Oficina de
Planeamiento y Presupuesto y a la Contaduría General de la Nación,
publíquese, etc.
LACALLE HERRERA - IGNACIO DE POSADAS MONTERO - ALVARO RAMOS