PRORROGA AL REGIMEN DE FINANCIACION A LAS IMPORTACIONES DE CIERTOS BIENES ORIGINARIOS O PROCEDENTES DE LA REPUBLICA ARGENTINA




Promulgación: 09/10/2002
Publicación: 10/10/2002
Sección: Ultimo Momento
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2002
  •    Página: 1097
VISTO: el Decreto Nº 113/002, de 1º de abril de 2002, que estableció
requisitos especiales de financiación para las importaciones de ciertos
bienes originarios o procedentes de la República Argentina.-

RESULTANDO: 1º) que el día 9 de octubre de 2002 expira el plazo de
vigencia previsto en el artículo 5º del referido Decreto.-

2º) que aún no ha culminado la evaluación de sus efectos.

CONSIDERANDO: conveniente, en consecuencia, prorrogar su vigencia por un
periodo adicional.-

ATENTO: a lo expuesto y a lo establecido por los artículos 2º de la Ley
Nº 12.670, de 17 de diciembre de 1959 y 5º del Decreto-ley Nº 14.988, de 7
de enero de 1980.-

                       EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Prorrógase hasta el 31 de octubre de 2002 la vigencia del Decreto
 Nº 113/002, de 1º de abril de 2002.-
Referencias al artículo

BATLLE - ALEJANDRO ATCHUGARRY


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