REGLAMENTACION DEL ART. 75 DE LA LEY 18.362 RELATIVO A LAS PAUTAS PARA
LA PRODUCCION, DOCUMENTACION, ACCESO Y USO DE LA INFORMACION GEOGRAFICA
QUE SE PRODUCE EN EL ESTADO
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.362 de 06/10/2008 artículo 75.
Artículo 8
Acceso a la información pública.- La información geográfica emanada o en poder de los sujetos obligados, se regirá por lo dispuesto en la Ley N° 18.381, de 17 de octubre de 2008 y sus Decretos reglamentarios.