ADECUACION DE NORMAS SOBRE FUNCIONARIOS PUBLICOS CONTRATADOS




Promulgación: 28/07/1986
Publicación: 02/10/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1986
  •    Página: 139
Referencias a toda la norma

Artículo 11

    La rescisión unilateral de la relación funcional también podrá
disponerse, por causales comprobadas en expedientes de ineptitud, omisión
o delito del funcionario, o por notoria carencia de idoneidad y conducta
adecuadas a su función, demostrada en hechos o actos, siempre con previa
oportunidad de expresar descargos y articular defensa.
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