ADECUACION DE NORMAS SOBRE FUNCIONARIOS PUBLICOS CONTRATADOS




Promulgación: 28/07/1986
Publicación: 02/10/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1986
  •    Página: 139
Referencias a toda la norma

Artículo 3

    Las personas que ingresan a la función pública en calidad de
contratados se regirán por las disposiciones generales contenidas en
este decreto y las especiales contenidas en el acto de designación sin
necesidad de suscribirse un documento tipo.
   No obstante, en caso de requerirlo la especificidad de la contratación,
se podrá suscribir un contrato individual, documentando las obligaciones
del funcionario contratado.
   La toma de posesión de la función pública perfeccionará la relación
contractual.
Referencias al artículo
Ayuda