REGLAMENTACION DEL FONDO DE FINANCIAMIENTO Y RECOMPOSICION DE LA ACTIVIDAD ARROCERA. INDUSTRIA ARROCERA




Promulgación: 26/09/2003
Publicación: 07/10/2003
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2003
  •    Página: 584
Reglamentario/a de: Ley Nº 17.663 de 11/07/2003.

CAPITULO IV - DE LA ADMINISTRACION DEL FONDO

Artículo 15

 Mensualmente, los importes de vengados en el FFRAA serán transferidos de 
la mencionada cuenta especial del BROU a la que refiere el artículo 10º 
de este Decreto al cesionario, en cumplimiento de la previsto por el 
artículo 3º del presente Decreto.

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