VISTO: el Decreto No 184/013, 27 de junio de 2013.
RESULTANDO: que la referida norma prorrogó hasta el 31 de diciembre de
2013 lo dispuesto en los Decretos Nos. 421/012, de 26 de diciembre de
2012.
CONSIDERANDO: que se considera conveniente mantener este régimen
preferencial de devolución de tributos a las exportaciones prorrogado por
el Decreto No 184/013 hasta el 30 de junio de 2014, en mérito a que los
sectores contemplados no han revertido su tendencia declinante.
ATENTO: a lo precedentemente expuesto.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA: