Salarización de Partidas Adicionales. El Directorio de la Administración
podrá ajustar la tabla de sueldos, previa aprobación de la OPP, a efectos
de incorporar al sueldo básico de los funcionarios, en forma total o
parcial, aquellas partidas que los mismos perciban en forma permanente por
concepto de compensaciones y/o incentivos fijos.
Al momento de entrar en vigencia el nuevo régimen, quedarán
automáticamente sin efecto las compensaciones o incentivos que hubieren
sido salarizados.
Este mecanismo no implicará costo para la Administración; y de producirse
un remanente presupuestal, se asignará a los montos previstos para la
transformación de cargos.