ACTUALIZACION DE NORMATIVA QUE REGULA EL SECTOR AVICOLA. DEROGACION DEL DECRETO 170/004 RELATIVO A REGLAMENTACION DE ESTABLECIMIENTOS DE PRODUCCION AVICOLA
DEL REGISTRO Y HABILITACIÓN DE ESTABLECIMIENTOS AVÍCOLAS DE PRODUCCIÓN
Artículo 6
Los propietarios o tenedores de aves comerciales; de producción familiar; autoconsumo u otros y los veterinarios de libre ejercicio, deberán denunciar a la Autoridad Sanitaria Competente en caso de sospecha de enfermedades de denuncia obligatoria o mortalidad que exceda el 10% de la dotación total del establecimiento.