VISTO: El proyecto de Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones de la Agencia Nacional de Vivienda correspondiente al ejercicio 2020, aprobado por Resolución de su Directorio N° 0244/2020 de 23 de julio de 2020.
RESULTANDO: I) Que el Poder Ejecutivo contó con el asesoramiento de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, que no formuló observaciones al proyecto de Presupuesto mencionado;
II) Que por Resolución 1690/2020 de fecha 26 de agosto el Tribunal de Cuentas emitió su dictamen constitucional respecto al proyecto de Presupuesto, sin observaciones que formular.
CONSIDERANDO: Que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido su informe y el Tribunal de Cuentas su dictamen;
ATENTO: A lo establecido en el artículo 221 de la Constitución de la República;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA
Artículo 1
Apruébense las partidas presupuestales correspondientes al Presupuesto de Recursos, Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones de la Agencia Nacional de Vivienda (ANV) correspondiente al ejercicio 2020, de acuerdo con el siguiente detalle (en Pesos Uruguayos):
pesos uruguayos
I.-
INGRESOS
629.799.103
I.-1
Ingresos del Giro
619.897.669
I.-2
Ingresos Ajenos al Giro
9.901.434
II.-
EGRESOS
-1.418.680.074
II.1.-
Operativos
-1.412.980.030
II.2.-
Operaciones Financieras
-
II.3.-
Inversiones
-5.700.044
III.-
RESULTADO PRESUPESTARIO
-788.880.971
IV.-
FINANCIAMIENTO
788.880.971
Aportes Rentas Generales
588.172.253
Vencimiento Letra de Regulación Monetaria
200.708.718
V.-
DÉFICIT/SUPERAVIT
0
LACALLE POU LUIS - IRENE MOREIRA - AZUCENA ARBELECHE