APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE LA AGENCIA NACIONAL DE VIVIENDA EJERCICIO 2020




Promulgación: 31/12/2020
Publicación: 05/03/2021
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

Artículo 43

   INGRESOS DE LIBRE DISPONIBILIDAD. Los ingresos que la ANV pudiera obtener por el cumplimiento de sus fines (Art. 10 Ley 18125 de 27 de abril de 2007), cometidos (Art. 11 Ley 18125 de 27 de abril de 2007) y atribuciones (Art. 12 Ley 18125 de 27 de abril de 2007) por la ejecución de programas y/o la prestación de servicios en el marco de convenios, acuerdos o contratos tanto con organismos públicos, así como con organizaciones privadas constituyen partidas de libre disponibilidad.
   Dichos importes estarán destinados a cubrir cualquier tipo de egreso, ya sea por concepto de gasto y/o inversión, que estén asociados directamente a las actividades que dan origen a dichos ingresos y que sean necesarios para el cumplimiento de los mismos.
   Para la habilitación de los créditos presupuestales correspondientes, así como para la utilización de dichos fondos, se requerirá la previa autorización de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, así como la comunicación respectiva al Tribunal de Cuentas.
   Los ingresos y egresos asociados a estas actividades no deberán generar un aumento del subsidio previsto en el Presupuesto Nacional Quinquenal.

Ayuda