Por el servicio prestado, los depositarios percibirán del Ministerio de
Agricultura y Pesca las remuneraciones que a continuación se establecen:
a) Por concepto de entradas y salidas, N$ 0,35 cada 100 kilogramos, los
que serán abonados por mitades a la entrada y salida;
b) Por concepto de almacenaje, N$ 0,20 por mes cada 100 kilogramos;
c) Por concepto de eventuales mermas, seguros, tratamientos preventivos
y curativos para la correcta conservación de la semilla y eventuales
reposiciones de envases, N$ 0,22 por mes cada 100 kilogramos. (*)