AUTORIZACION DE ADQUISICION DE PRODUCCION DE SEMILLA DE SOJA CERTIFICADA, POR PARTE DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA Y PESCA




Promulgación: 05/07/1978
Publicación: 21/07/1978
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1978
  •    Página: 92

DE LA COMPRA

Artículo 8

 Sobre el precio total a pagar al semillerista liquidado según los
artículos 2º, 6º y 7º del presente decreto, se efectuarán las siguientes
retenciones: 0.3% (tres décimas por ciento) para el Fondo de Lucha Contra
las Plagas Agrícolas, 1% (uno por ciento) para el Fondo de Promoción y
Fomento del Cultivo de la Soja, 2,5% (dos y medio por ciento) para gastos
administrativos.
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