APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE ANCAP. EJERCICIO 2006




Promulgación: 25/10/2006
Publicación: 27/10/2006
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2006
  •    Página: 1024

Artículo 20

   La Prima por Antigüedad se liquidará en el equivalente al 2% (dos por
ciento) de la Base de Prestaciones y Contribuciones que fije el Poder
Ejecutivo. -
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