MODIFICACION PLAN DE INVERSIONES PUBLICAS. CENTRO DEPARTAMENTAL DE SALUD PUBLICA DE FLORIDA. EJERCICIO 1990




Promulgación: 28/08/1990
Publicación: 17/09/1990
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
    Visto: el Preventivo Anual de Ingresos y Egresos de Fondos Públicos
Extrapresupuestales correspondiente al ejercicio 1990, presentado por la
Unidad Ejecutora 021 "Centro Departamental de Salud Pública de Florida"
del Programa 002 "Prestación Integral de los Servicios de Salud" del
Inciso 12 "Ministerio de Salud Pública ", la cual solicita la ampliación
de un proyecto en el Plan de Inversiones Públicas de dicho ejercicio.

    Resultando: I) Que el referido  proyecto se financiará con recursos
extrapresupuestales y se halla incluido en el preventivo presentado.

    II) Que el proyecto de inversión cuya ampliación se solicita es el Nº
704 "Racionalización de la Circulación en el Centro Departamental de
Florida" en un monto de U$S 82.759.00 (ochenta y dos mil setecientos
cincuenta y nueve dólares de los Estados Unidos de América) que fuera
incorporado al Plan de Inversiones Públicas ejercicio 1990 en la
financiación 1.3 "Rentas Generales" por la ley 16.002 de 25 de noviembre
de 1988.

    Considerando: que la Unidad Ejecutora gestionante ha ajustado su
preventivo a las normas específicas que se rigen y ha cumplido con las
demás disposiciones que regulan la materia.

    Atento: a lo dispuesto por los artículos 45 del decreto ley 14.416 de
28 de agosto de 1975 y 89 de la ley 15.809 de 8 de abril de 1986, con
redacción dada, respectivamente, por los artículos 45 y 47 de la ley
15.903 de 10 de noviembre de 1987 y a lo informado por la Oficina de
Planeamiento y Presupuesto y a la Contaduría General de la Nación.

    El Presidente de la República

                              DECRETA:

Artículo 1

   Amplíase en el Plan de Inversiones Públicas ejercicio 1990, el proyecto
de inversión siguiente, en un monto total de U$S 82.759.00 (ochenta y dos
mil setecientos cincuenta y nueve dólares de los Estados Unidos de
América) a financiarse con recursos extrapresupuestales: (*)

(*)Notas:
Ver: Texto/imagen.
Referencias al artículo

Artículo 2

      Apruébase los Preventivos Anuales de Ingresos y Egresos de Fondos
Públicos Extrapresupuestales correspondiente al ejercicio 1990,
presentado por la Unidad Ejecutora 021 "Centro Departamental de Salud
Pública de Florida", del Programa 002 "Prestación Integral de los
Servicios de Salud " del Inciso 12 "Ministerio de Salud Pública" por un
monto total de U$S 82.759.00 (ochenta y dos mil setecientos cincuenta y
nueve dólares de los Estados Unidos de América) de acuerdo a detalle
consignado en el Anexo adjunto, que se parte integrante del
presente decreto.  


(*)Notas:
 Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 399/990 de 
28/08/1990.
Referencias al artículo

Artículo 3

   Dése cuenta a la Asamblea General.  

Artículo 4

   Comuníquese al Tribunal de Cuentas de la República, a la Oficina de
Planeamiento y Presupuesto y a la Contaduría General de la Nación;
publíquese, etc.   

LACALLE HERRERA - ENRIQUE BRAGA SILVA - ALFREDO SOLARI
Ayuda