REGIMEN DE LAS CUENTAS BANCARIAS DE LOS BANCOS SUSPENDIDOS PERTENECIENTES A MISIONES DIPLOMATICAS Y CONSULARES




Promulgación: 20/10/2002
Publicación: 29/10/2002
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2002
  •    Página: 1231

Artículo 4

 El Banco Central del Uruguay arbitrará las medidas que correspondan con 
la finalidad de dar cumplimiento al presente Decreto.
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