Decreto N° 399/002
REGIMEN DE LAS CUENTAS BANCARIAS DE LOS BANCOS SUSPENDIDOS PERTENECIENTES A MISIONES DIPLOMATICAS Y CONSULARES
Promulgación: 20/10/2002
Publicación: 29/10/2002
- Registro Nacional de Leyes y Decretos:
- Tomo: 1
- Semestre: 2
- Año: 2002
- Página: 1231
Artículo 4
El Banco Central del Uruguay arbitrará las medidas que correspondan con
la finalidad de dar cumplimiento al presente Decreto.
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