DE LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA, JERARQUICA Y FUNCIONAL
Artículo 24
Transfórmanse, a partir de la fecha de aprobación del presente Decreto,
las siguientes Clases de Cargo y sus Grados respectivos, en las que
respectivamente se indican:
Escalafón: Clase de Cargo anterior: Clase de Cargo proyectado:
Grado nuevo:
D- Técnico Especializado. Técnico II Técnico III 16