CAPITULO III
PROGRAMA II: ATRIBUCIONES DE CONTROL Y SUPERVISION DE LAS ACTIVIDADES DEL HIPODROMO NACIONAL DE MAROÑAS
Artículo 40
Establécese la siguiente nómina de Escalafones, Grados, Clases de Cargo,
Cantidad de Cargos y Remuneraciones a precios de 1° de enero de 2009,
aplicables al Programa II, previsto en el presente Decreto:
Escalafón C.- Administrativo
Cargo Grado Sueldo Básico Cantidad
Gerente de Area Hipódromo 34 61.611 1
Inspector 22 28.559 4
Administrativo 16 21.752 3
Escalafón A.- Profesional
Cargo Grado Sueldo Básico Cantidad
Técnico I - Contador 26 38.645 1
Técnico I - Abogado 26 38.645 1
Técnico I - Veterinario 26 38.645 2
Los funcionarios asignados al Programa II, no percibirán otra retribución
que la prevista en la escala básica anterior, con excepción de extensión
horaria, beneficios sociales y las primas de vestimenta, alimentación,
asistencia social y la prima especial por el desarrollo de funciones de
alta complejidad y responsabilidad que se regulan en los artículos 8°,
12°, 13° y 14° del presente Decreto. En ningún caso podrán percibir otra
retribución o beneficio, que los antes citados, especialmente aquellos que
perciben los funcionarios del Programa I y que están referidos
específicamente, al desempeño de las actividades previstas en el mismo.