ACTUALIZACION DEL TIMBRE REGISTRO DE TESTAMENTO Y LEGALIZACIONES. ENERO - JUNIO 2026




Promulgación: 14/01/2026
Publicación: 21/01/2026
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: que corresponde al Poder Ejecutivo actualizar los montos del "Timbre Registro de Testamentos y Legalizaciones" creado por la Ley N° 17.707, de 10 de noviembre de 2003;

   RESULTANDO: I) que el artículo 21 de la citada Ley, establece que el Poder Ejecutivo actualizará semestralmente su valor, en tanto su actualización se realizará el 1° de enero y el 1° de julio de cada año en función de la variación del Índice de Precios al Consumo, determinado por el Instituto Nacional de Estadística en los períodos 1° de junio a 30 de noviembre y 1° de diciembre a 31 de mayo respectivamente;

   II) que la variación operada por el mencionado Índice, en el período comprendido entre el 1° de junio y el 30 de noviembre de 2025 fue del 0,896% (cero con ochocientos noventa y seis por ciento);

   CONSIDERANDO: que corresponde proceder a la actualización del mencionado tributo;

   ATENTO: a lo expuesto;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Actualízase el valor del "Timbre Registro de Testamentos y Legalizaciones" creado por el artículo 21 de la Ley N° 17.707, de 10 de noviembre de 2003, el que será de $ 2.680 (pesos uruguayos dos mil seiscientos ochenta) para el período comprendido entre el 1° de enero y el 30 de junio de 2026.

   YAMANDÚ ORSI - MARTÍN VALLCORBA
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