REGLAMENTACION DEL ART. 162 DE LA LEY 13.892, RELATIVA A LA EQUIPARACION DE SUELDOS DEL PERSONAL NO DOCENTE DE LA COMISION NACIONAL DE EDUCACION FISICA CON SU SIMILAR DEL CONSEJO DE EDUCACION PRIMARIA




Promulgación: 25/01/1977
Publicación: 31/01/1977
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1977
  •    Página: 144
  Visto: estos antecedentes elevados por la Comisión Nacional de Educación
Física, referentes al proyecto de reglamentación del artículo 162º de la
ley 13.892, de 19 de octubre de 1970, que estableció la equiparación de
los sueldos del personal no docente del Instituto con su similar del
actual Consejo de Educación Primaria.

  Resultando: I) Que la norma aludida condiciona la aplicación del régimen
que estatuye al previo dictado de dicha reglamentación;

  II) Que si bien hasta el presente la ausencia de ésta no haya obstado a su aplicación, se considera que su aprobación contribuirá a una mayor
consistencia del régimen de nivelación, aportando criterios fijos y "a
priori", que permitirán una más adecuada solución de los problemas que se
susciten.

  Atento: a lo informado por la Oficina de Programación Presupuestal,
Asesoría Letrada y Contaduría Central del Ministerio de Educación y
Cultura,

  El Presidente de la República

                              DECRETA:

Artículo 1

   Apruébase el Proyecto de Reglamento presentado por la Comisión Nacional
de Educación Física a que hace referencia la parte expositiva de la
presente resolución y que se transcribe a continuación: (*)

(*)Notas:
Ver: Texto.

Artículo 2

Comuníquese a la Comisión Nacional de Educación Física, pase a la
Contaduría Central a sus efectos, publíquese y cumplida, archívese.

  MENDEZ - DANIEL DARRACQ
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