FUNCIONARIOS EXCEDENTES - REDISTRIBUCION DE FUNCIONARIOS




Promulgación: 27/01/1992
Publicación: 06/03/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Reglamentario/a de: Ley Nº 16.226 de 29/10/1991 artículo 10.

Artículo 4

    Para poder percibir los beneficios sociales en la Oficina de destino
los funcionarios deberán efectuar las declaraciones juradas que
correspondan según normativa vigente. 
Ayuda